jueves, 22 de julio de 2010

PLAN DE AULA

PLAN DE AULA

Es un Instrumento donde se registra todo lo relacionado con los educandos a saber: Preparador de clases, control de asistencia, observador del alumno, actividades con estudiantes y padres de familias
Cada Docente es responsable de llevar estos libros reglamentarios por que constituyen una herramienta fundamental para dar cuenta del avance académico y disciplinario de cada estudiante.
Dentro de las metas se contemplo la unificación de un plan de aula para la institución.

OBJETIVOS
Se trabajan de acuerdo a los diferentes niveles de educación formal con relación a tres aspectos fundamentales

Lo ético moral,
Los procesos de desarrollo humano
Las áreas de conocimiento y formación.
Para el nivel de educación preescolar los objetivos se formulan en el art. 16 de la ley 115/94.
Para el nivel de Básica Primaria los objetivos se formulan en el artículo 20, 21,22, de la ley 115/94
Y para el nivel de Educación Secundaria y Media Técnica el articulo 30,33,de la ley 115/94
EVALUACION Y PROMOCION DE LOS EDUCANDOS.

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS
En cada uno de los grados habrá comisiones de evaluación y promoción, estarán conformadas por tres docentes, un representante de los padres de familia y el rector o su delegado quien la convocará y la presidirá

1. Un área se pierde cuando no se alcanzaron los objetivos mínimos propuestos y después de haber realizados las actividades correspondientes de recuperación, en cada periodo académico
7.3 DE LA PROMOCION

2. Tendrá una medida cualitativa, teniendo en cuenta los logros de cada alumno Resolución 2343/97.
3. Cuando los estudiantes presenten dificultades en los indicadores de logro, se procederá a iniciar actividades de recuperación, nivelación con previo acuerdo del estudiante, profesor y acudientes.
4. Según el decreto 1860/94, y Decreto 0230/02 sobre la evaluación y promoción; la reprobación solo se puede presentar, teniendo en cuenta el desempeño integral del educando en su dimensión humana, cognoscitiva, cognitiva, socio afectivo, espiritual y psicológico. No se puede negar el cupo; ellos deben dedicar un año lectivo en la misma institución, superando las deficiencias únicas y exclusivamente en aquellos aspectos que no alcanzaron los logros.

Para que un alumno pueda ser promovido de un grado al siguiente tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

1 Haber asistido a por lo menos el setenta y cinco (75%) de las actividades programadas en el plan de estudios.
2 Haber alcanzado todos los logros de las áreas previstas en el plan de estudios para el grado que termina.
CAUSALES DE REPROBACION

Para que un alumno no sea promovido de un grado a otro previo estudio de la comisión de evaluación se tendrá en cuenta las siguientes causales.
Los estudiantes que hayan obtenido valoración final insuficiente o deficiente en matemática y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la educación básica.

Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.

Las faltas superiores al 25% implican la perdida de la respectiva área o asignatura y la perdida de tres áreas por éste motivo conlleva a la reprobación del año.

Si la reprobación se produce por no alcanzar el educando, los logros en una o dos de las áreas podrán ser matriculados como estudiante del colegio, pero la asignación de grado queda supeditada a la evaluación que haya en la primera semana del año escolar. De no ser promovido deberá reiniciar como estudiante del mismo grado y cumplir todo el año con el proceso de superación que le sea preescrito.



EVALUACIÓN DE LOS EDUCANDOS:

Se hará teniendo en cuenta lo estipulado en el decreto 0230 de Febrero 11/2002., Decreto 1860/ 08/94 y procedimientos señalados a continuación

La evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en la cual se divide el año escolar.

La evaluación tendrá los siguientes objetivos:

a- Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos.
b- Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la Educación Básica y Media.
c- Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios.
d- Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la Institución y la actualización permanente de sus planes de estudios.

Articulo 5°. INFORMES DE EVALUACION. Al finalizar cada uno de los cuatros (4°) del año escolar, los padres de familia o acudientes reciben un informe escrito de evaluación en el que se de cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas Lo cual incluye observación detallada acerca de fortalezas y dificultades que haya presentado el educando en cualquier de las áreas, y establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar.
Además al finalizar el año lectivo se les entregara a los padres de familia o acudiente un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tiene en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores,
Los cuatros (4) informes y el informe final de evaluación mostraran para cada área el rendimiento de los educandos, mediante una escala dada en los siguientes términos:

Art. 6°.ENTREGA DE INFORMES DE EVALUACION.

Los informes de evaluación se entregaran a los padres de familia o acudientes en reuniones programadas preferiblemente en días y horas que no afecten su jornada laboral .La inasistencia de los padres de familia o acudientes a estas reuniones no pueden acarrear perjuicios académicos a los estudiantes .El rector, director o coordinador, estará en la obligación de programar y atender las citas que los padres de familia soliciten para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos , en particular para aclaraciones sobre los informes de evaluación.

Art,7°.REGISTRO ESCOLAR.,En la Institución Educativa Santa Rosa de Lima se mantendrá actualizado un registro escolar que contenga para cada alumno, , el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución.

Art,8°.COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION .El Consejo Académico conformara para cada grado , una comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes , y un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado ,quien la convocara y la presidirá ,con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzos y superación para estudiantes que presenten dificultades.

En reunión que tendrá la comisión de evaluación y promoción al finalizar el periodo Escolar, se analizaran los casos de los educandos con evaluación insuficiente o deficiente en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares A los profesores o a otras instancias del establecimiento educativo en termino de actividades de refuerzo y superación, Analizadas las condiciones de los educandos , se convocara a los padres de familia o acudientes al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo , y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

Las comisiones, además analizaran los casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada.
.Igualmente se estableceré si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignaran en actas y estas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos.

Art.9° PROMOCION DE LOS EDUCANDOS. Los establecimientos Educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción del 95% de los educandos que finalicen el año escolar en cada uno de sus grados (Modificado mediante Decreto 3055 del 12 diciembre de 2002).

Al finalizar el año, la comisión de evaluación y promoción de cada grado será el encargado de determinar cuales educandos deberán repetir el grado determinado.

Se consideran para la repetición de un grado cualquiera, los siguientes educandos.
a- Educando con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres (3) o mas áreas,
b- Educando que haya obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos (2) o mas Grados consecutivos de la educación básica.

c- Educando que haya dejado de asistir injustificadamente a más del 25/% de las actividades académicas durante el año escolar.

Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de esta pero en ningún caso excediendo el límite del 5% del número de educandos será promovido al siguiente grado, pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar.

Art. 10 .RECUPERACIONES O NIVELACIONES. Todo educando que haya obtenido insuficiente o Deficiente en la evaluación final de una o mas áreas presentara una nueva evaluación de esas áreas a mas tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar .Esta evaluación se basara en programa de refuerzo posteriormente con las dificultades que presento el educando y que el profesor del área le entregara al finalizar el año escolar. La evaluación se calificara de acuerdo con los términos del art 5° de este Decreto y su resultado, ya sea este probatorio o no, deberá ser consignado en el registro escolar del educando.

Art. 11- EDUCANDOS NO PROMOVIDOS. El establecimiento Educativo diseña programas específicos para educandos no promovidos al grado siguiente .En todos los casos, hará un seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el grado, en la medida en que este se demuestre la superación de la insuficiencias académicas que no aconsejan su promoción.

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